COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS English Summary Résumé en français 60º período de sesiones Tema 15: Cuestiones Indígenas
Señor presidente:
1.-En el contexto de la globalización, el examen del proyecto de la declaración es sobre los derechos de los pueblos indígenas es objeto de un trato discriminatorio y selectivo.
Quisiéramos dejar constancia de que, tras nueve años de debates estériles, el Grupo de Trabajo, establecido de conformidad con la resolucion 1995/32 de la Comisión de Derechos Humanos, con el mandato exclusivo de elaborar y adoptar la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas en el marco de Decenio Internacional, ha fracasado en su misión.
2.- La 9º sesión del Grupo de Trabajo que se convirtió en un embrolio político-diplomático ha puesto en evidencia el egoísmo, el doble rasero y la incoherencia de los países ricos del Norte y las elites dominantes del Sur. Por su intransigencia y falta de voluntad política, sus Gobiernos dieron un revés al Decenio cuya meta era y es adoptar la declaración.
3.- Movidos por sus guerras de conquista y sus intereses geopolíticos, los Estados, entes fríos e insensibles a la extinción de naciones aborígenes continúan sistemáticamente negando a los pueblos indígenas el derecho a la libre determinación y socavan en cada sesión las disposiciones relacionadas con el ejercicio del derecho colectivo a la propiedad originaria sobre las tierras, la soberanía permanente sobre los recursos naturales, la desmilitarización de territorios indígenas y la protección de la propiedad cultural e intelectual.
4.- Frente a los intentos de dilatar la adopción de la declaración, diluir su fuerza política y jurídica, socavar las normas mínimas y postergar indefinidamente los derechos indígenas,
Exhortamos a esta Comisión a que recomiende, sea la prórroga del mandato del Grupo de Trabajo a condición de que éste termine el examen del proyecto en un plazo razonablemente previsto (3 años) o considere declararlo en suspenso o pausa de reflexión (1 año).
5.- Conste que, el Informe del Relator no recoge nuestras propuestas y contribuciones sustantivas presentadas, año tras año, con el sólo fin de reforzar sus disposiciones y lograr la adopción de un instrumento que fuera congruente con el conjunto de las normas internacionales vigentes, fuera lo suficientemente preciso para engendrar derechos y obligaciones aceptables por la comunidad internacional y descasara sobre bases materiales para garantizar su aplicación efectiva. El resumen del Presidente se contenta en retomar las propuestas de los Gobiernos que tratan de debitar y coartar los alcances de la declaración.
6.- El Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas, proclamado por la Asamblea General en su resolución 48/163 de 21 diciembre de 1993, tenía como objetivo principal el fortalecimiento de la cooperación internacional para la solución de los problemas urgentes con que se enfrentan los pueblos aborígenes en las esferas, tales como derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo sostenible, las tierras y sus recursos, la salud, la cultura y la educación.
7.-Al término de 10 años de actividades, el balance del Decenio es decepcionante. El Decenio es un Decenio perdido porque los Estados no han manifestado la voluntad política para resolver los problemas indígenas ni respondieron a sus múltiples necesidades materiales y espirituales. Al contrario, los pueblos indígenas continúan siendo despojados de sus tierras, privados de sus recursos naturales y condenados a la extrema pobreza, debido al egoísmo y la hipocresía de los países ricos del Norte y la indiferencia de las clases dominantes del Sur.
8.- El Fondo de Contribuciones voluntarias del Decenio ha venido a ser un mecanismo burocrático sin fondo ni voluntad política para atender las demandas de comunidades indígenas. El Grupo Asesor asignó los escasos recursos, no a la implementación de medios de producción, creación de fuentes de empleo y dotación de instrumentos de trabajo, sino los despilfarró en cursillos de capacitación, reuniones estériles, publicación de panfletos y viajes turísticos en nombre de derechos humanos.
9- Habida cuenta de que las modestas contribuciones se otorgan de manera selectiva y discriminatoria e incluso bajo presión que los funcionarios de la Secretaría ejercen sobre los miembros del Grupo Consultivo en la toma de decisiones, la Comisión debería recomendar a que los miembros del Grupo Asesor y la Junta de Síndicos del Fondo voluntario fueran designados en forma rotativa, conforme al principio de la distribución geográfica y según los criterios de independencia en el ejercicio de sus funciones, imparcialidad en el examen y aprobación de las subvenciones y competencia reconocida en cuestiones indígenas.
10- Cuál será el destino del Grupo de Trabajo sobre poblaciones indígenas en este milenio?
Creado en 1982, el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas con el mandato de "examinar los acontecimientos relativos a la promoción y protección de derechos y libertades fundamentales y prestar atención especial a la evolución en la esfera normativa sobre los derechos humanos" es el único foro permanente, libremente abierto a los pueblos indígenas, independientemente que estén o no reconocidas por el ECOSOC como entidades consultivas.
11.- En su estudio titulado" el papel futuro del Grupo de Trabajo" el Prof. Alonso Martínez decía que, por "el momento es la primera y la sola instancia democráticamente abierta a las organizaciones indígenas". (véase/CN.4/Sub.2/AC 4/1994/10). Sin lugar a dudas, su gran mérito consiste en haber elaborado el proyecto de declaración durante 10 años. Todo intento de eliminar este Foro, sería cerrar a las victimas las puertas del Templo de los derechos humanos, significaría privar a sus representantes del derecho de participar en el sistema de las Naciones Unidas. No existe dualidad de funciones entre el Foro Permanente y el Grupo de Trabajo. Al contrario, la labor de ambos mecanismos se complementan en la defensa de los derechos indígenas.
12.-Hoy se impone la necesidad de reformular su mandato en la esfera normativa, modificar sus procedimientos, revisar el ámbito de sus atribuciones, y ampliar la composición de sus miembros con la designación de expertos indígenas en calidad de miembros suplementes.
13.- En la esfera normativa, el Grupo de Trabajo, conjuntamente con la OMPI y la UNESCO podría emprender la elaboración de un marco jurídico sobre la propiedad intelectual en la protección de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales, contribuir a la elaboración de un Código de conducta para las ETN, realizar estudios sobre el derecho a la libre determinación y la soberanía permanente sobre los recursos naturales.
Palacio de Naciones, 8 de abril 2004
www.puebloindio.org/ONU_info/TupajAmaru_15.htm
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